martes, 13 de octubre de 2009

¡URGENTE! SOBRE EL PAGO DE ATRASOS DE LA PRESTACIÓN DE CUIDADOR FAMILIAR.

Este mensaje está dirigido a todas las personas dependientes y sus familiares que están a la espera de recibir Resolución de PIA donde les reconozcan la cuantía económica a percibir y la fecha de efectos de la prestación de cuidados en el entorno familiar.
Según la Ley, LA FECHA DE EFECTOS ES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
En la Resolución solamente se reconoce efectos retroactivos desde l fecha en que se firma el PIA .
ATENCIÓN:

Es muy importante presentar Recurso de Alzada ANTES DE QUE PASEN 30 DÍAS desde la recepción de la Resolución.
Si no se presenta en ese plazo DESPUÉS YA NO SE PUEDE HACER NADA, NI SIQUIERA PRESENTAR UNA DEMANDA EN EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.
Muchas gente prefiere esperarse a cobrar pensando que luego puede reclamar, por miedo a que no le paguen nada.
Pero esto no es así. Ya hay personas que han presentado el contencioso para recibir los atrasos, y han empezado a cobrar lo que se les reconoce en la Resolución.
POR CADA DEPENDIENTE QUE NO RECLAMA LOS ATRASOS DE DOS AÑOS, LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA SE ESTÁ EMBOLSANDO ¡¡¡ENTRE 10.000 Y 13.000 EUOS!!!
NO PERMITAMOS QUE SE QUEDEN CON NUESTRO DINERO.
Os adjuntamos un Modelo de Recurso de Alzada para reclamar los atrasos.
También podéis pedir cita para el Turno de Oficio del Colegio de Abogados de Alicante – Tfno.: 965 11 52 56. Si ya os ha llegado la Resolución, decirles la fecha para que os den cita dentro de plazo.


Por favor, difundidlo

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